Al penal por una nalgada Moisés, ayudante de albañil de 24 años, no resistió la tentación
de darle una nalgada a una mujer, y pasó tres meses en el Reclusorio Oriente. Eran las 19:20 horas del 14 de noviembre del 2002, cuando viajaba en un vagón de la línea 1 del Metro, con
dirección a Pantitlán, y con la mano tocó o pellizcó -las versiones difi eren-, el glúteo izquierdo de Alejandra, una joven de 26 años. Al llegar a la estación Balderas, Moisés se bajó pero lo siguieron Alejandra y su novio, para reclamarle. José forcejeó con el responsable; llegaron Joel Almazán, un vigilante del Metro, y el agente judicial Eduardo Cabrera, y en minutos, Moisés quedó detenido en la Agencia 50 del Ministerio Público. La falta se convirtió en abuso sexual. El Código
Penal del DF castiga al que “sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual”. Usualmente este delito sí permite libertad bajo fianza, porque la pena es de 1 a 6 años de cárcel, pero si la víctima se encuentra en un transporte público, el castigo aumenta en dos terceras partes. El DF es la única entidad que utiliza el sistema de la media aritmética entre pena mínima y máxima para determinar el derecho afianza. Si la media es mayor a 5 años, no hay libertad provisional, y en el abuso sexual agravado, la media
es de 5 años y 9 meses. El 30 de diciembre del
2002, el juez condenó a Moisés a un año y 8 meses de cárcel, con derecho a conmutar la pena por una multa de un día de salario
por cada día de prisión. Sin embargo, el joven no tenía para pagar los 90 mil750 pesos, por lo que tuvo que pasar casi dos meses más de cárcel, mientras el abogado tramitó otro tipo
de benefi cio, que fi nalmente fue concedido el 12 de febrero del 2003.
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